Definición
El documento de control existe desde hace años: es el papel que identifica cada servicio de transporte público de mercancías por carretera y que la inspección puede pedir en la carretera. Lo regula la Orden FOM/2861/2012.
Desde el 5 de octubre de 2026 ese documento debe emitirse en formato electrónico. A esa versión digital se la conoce como DeCA. Los requisitos técnicos los fija la Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera de 5 de junio de 2026.
Desde cuándo y para quién
- Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control en papel deja de ser válido.
- Afecta al transporte público de mercancías por carretera que se realiza en España.
- La responsabilidad de emitirlo corresponde al cargador contractual, que puede encargar su emisión al transportista.
Qué datos lleva
| Dato | Qué es |
|---|---|
| Cargador contractual | Nombre o razón social, NIF y domicilio de quien contrata el transporte |
| Transportista efectivo | Nombre o razón social, NIF y domicilio de quien realiza el transporte |
| Origen y destino | Lugares de carga y de descarga |
| Mercancía | Naturaleza de la carga |
| Peso | Peso de la mercancía |
| Fecha | Día en que se realiza el transporte |
| Vehículo | Matrícula del vehículo y, en su caso, del semirremolque |
Consulta la lista exacta en el texto oficial de la Orden FOM/2861/2012. Ver Normativa.
Cómo debe ser el formato electrónico
- Un PDF nativo, generado desde los datos. Un papel escaneado no vale.
- Una dirección web única por documento, accesible por HTTPS.
- Un código QR que lleve a esa dirección, desde la que se pueda consultar y descargar sin usuario ni contraseña.
- Conservación del documento para que la inspección pueda consultarlo.
Qué pasa en un control
El conductor enseña el QR desde su móvil. El agente lo escanea con el suyo y ve el documento completo, con su estado y sus cambios. Si no hay cobertura, el conductor puede enseñar el PDF guardado en el teléfono.